Esenciales inversores extranjeros podrían recobrar las millonarias indemnizaciones reconocidas por distintos arbitrajes internacionales tras los radicales recortes a las renovables que hubo en este país por medio de la indemnización que debe cobrar el Estado de España por el desastre del Prestige. Hay que resaltar que solo los inversores extranjeros en las plantas españolas pueden recurrir a los arbitrajes internacionales, ya que los inversores nacionales solamente pueden asistir al Tribunal Supremo , el que, acreditó la nueva normativa de dos mil doce. Concretamente, este periódico ha confirmado múltiples casos, entre aquéllos que se halla el de Infraestructure Services Luxembourg y Energía Termosolar, cuyos representantes han pedido al Tribunal Superior de la ciudad de Londres que deduzca de los novecientos veinticinco millones de euros de la indemnización de la London Steam-Ship Owners Mutal Insance –la compañía de seguros del Prestige– que tiene pendiente de cobrar el Estado de España los ciento veinte millones que aún no les ha abonado este país. La vista se festejará en la última semana del mes vigente. Nueva Relacionada estandar Si Iberdrola edifica el mayor parque fotovoltaico de Europa en Portugal por «su marco regulativo estable» Javier González Navarro La planta, llamada Fernando Pessoa, va a tener mil doscientos MW de potencia y se va a levantar cerca de Sines Esos inversores de Luxemburgo y de Alemania demandaron a España en el mes de noviembre de dos mil trece pues la nueva regulación aprobada por el gobierno de Mariano Rajoy supuso una muy importante rebaja de los ingresos previstos. Ellos no fueron los únicos y, hasta hoy, se han presentado cincuenta y uno demandas de arbitraje en diferentes organismos internacionales, sobre todo, frente al Ciadi (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones), corporación del Banco Mundial. La suma de las indemnizaciones pedidas alcanza los diez millones. En el primer mes del verano de dos mil dieciocho, esta corte condenó a España por mudar el régimen regulativo, lo que causó que «los pagos de la prima aguardados con arreglo al real decreto 661/2007 superaban sensiblemente a los pagos singulares estipulados por el nuevo régimen (ley 15/2012)» que afectaban a las plantas Andasol localizadas en Granada y participadas por esos inversores. El Ciadi asimismo rechazó la solicitud de los representantes legales del Estado de que este tribunal no tenía jurisdicción en el caso. Fuentes de estos inversores aseveran que «la negativa de España a abonar esta deuda es un incumplimiento de sus obligaciones de tratados internacionales en razón del Tratado sobre la Carta de la Energía, el acuerdo del Ciadi y la Convención de Viena». Ningún laudo se ha pagado Exactamente, la resolución del Gobierno de España de no abonar las indemnizaciones dictaminadas por los arbitrajes es uno de los motivos por los cuales este país ha dejado de pertenecer al Tratado de la Carta de la Energía. Desde el Ministerio para la Transición Ecológica apuntan que de los cincuenta y uno arbitrajes presentados, se han dictado veintiocho laudos, dos se han cancelado, otros veinte están pendientes y 3 demandantes han renunciado. Y destacan que «los laudos han rebajado substancialmente las indemnizaciones reclamadas, hasta el punto de rondar el doce por ciento sobre lo demandado, una proporción bajísima en la práctica frecuente de los arbitrajes, y que, además de esto, prosigue una tendencia descendente: los nuevos laudos dan compensaciones poco a poco más bajas». Agregan que «en los casos en que las intenciones de los demandantes han sido parcialmente aceptadas, España ha elaborado recurso de cancelación. Ninguno de los laudos se ha llegado a ejecutar ». Desde el departamento de Teresa Ribera resaltan que «además, los pagos pueden ser contrarios al Derecho de la UE y formar una ayuda de Estado ilegal. En consecuencia, cuando España recibe un laudo reconociendo una indemnización, lo avisa a Bruselas, conforme con la resolución de la Comisión Europea por la que se aprobó el régimen de ayudas en apoyo a la generación de electricidad por fuentes renovables de energía y cogeneración. España no puede abonar antes que la Comisión se pronuncie, de forma que obra cumpliendo fielmente con sus obligaciones legales».
Fondos extranjeros desean decomisar una parte de la indemnización de novecientos veinticinco millones del Prestige por impagos de España
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