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La inclusión de gastos y cláusulas esencial en tu contrato de alquiler bajo la nueva Ley de Vivienda

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Septiembre: Mes de oportunidades en el mercado del alquiler

Con la llegada de septiembre, el mercado del alquiler se activa y se presentan nuevas oportunidades para los inquilinos. Tanto estudiantes que buscan una vivienda, como aquellos que desean un cambio de residencia o se enfrentan a la finalización de su contrato, encuentran en este mes el momento ideal para dar el paso.

La Ley de Vivienda: Aspectos clave a tener en cuenta

Este año, es fundamental que los inquilinos estén al tanto de los cambios introducidos por la nueva Ley de Vivienda, publicada en el BOE el pasado mes de mayo. Esta legislación establece límites en los alquileres y establece que los gastos de gestión sean responsabilidad del arrendador.

Gestión y formalización del contrato: Responsabilidad del arrendador

Si decides contar con la intermediación de una agencia inmobiliaria, la Ley de Vivienda deja claro que los gastos de gestión y formalización del contrato recaen sobre el arrendador. Esto significa que no tendrás que preocuparte por estos costes adicionales.

Además, esta normativa también permite que el propietario asuma ciertos gastos, como el IBI o el tributo de basuras, siempre y cuando estos hayan sido «acordados previamente».

Topes a los alquileres para aquellos que continúan en la vivienda

La Ley de Vivienda establece límites en los aumentos de los alquileres para aquellos inquilinos que deciden renovar su contrato. En el caso de contratos firmados en 2022 o años anteriores, el aumento máximo permitido es del 2%. Sin embargo, para los nuevos contratos firmados este año, la ley permite una actualización con un tope del 3% en 2025, a la espera de la creación de un nuevo índice.

Es importante destacar que el índice a utilizar para ajustar el alquiler debe quedar estipulado en el contrato. Estos límites se aplican tanto a los grandes propietarios como a los pequeños tenedores en zonas tensionadas.

Métodos de pago del alquiler y prórroga de contratos

La Ley de Vivienda establece que el pago del alquiler debe realizarse principalmente por medios electrónicos, como transferencia bancaria. Aunque se ha especificado una excepción para aquellos casos en los que no se disponga de medios electrónicos, permitiendo el pago en metálico.

En cuanto a la prórroga de contratos, la ley establece que si llegada la fecha de vencimiento del contrato, ninguna de las partes ha notificado su voluntad de no renovarlo con antelación, se prorrogará automáticamente por plazos anuales, hasta un máximo de tres años.

Además, se permite al arrendador incluir una cláusula en el contrato que le permita disponer de la vivienda después de un año, en caso de necesitarla para sí mismo o para sus familiares de primer grado de consanguinidad.

En resumen, la nueva Ley de Vivienda introduce importantes cambios que los inquilinos deben tener en cuenta a la hora de firmar un contrato de alquiler. Desde los gastos de gestión y formalización del contrato a cargo del arrendador, los topes en los aumentos de los alquileres y los métodos de pago, hasta la prórroga de contratos, estas regulaciones buscan brindar mayor protección y equidad en el mercado del alquiler.

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