La recién promulgada Ley de Identidad de Género en España establece un protocolo para el cambio de sexo en el Registro Civil que podría extenderse hasta cuatro meses, según la exégesis legal y el análisis proporcionado por especialistas en la materia. Aquellos individuos que hayan cumplido dieciséis años tienen la facultad de requerir este cambio, el cual será confirmado por los funcionarios del Registro Civil. Asimismo, los menores de edad están en condiciones de solicitar esta modificación, pero deberán estar acompañados por sus «representantes legales» durante el proceso.
Bajo la recién instaurada legislación, los ciudadanos españoles de dieciséis años en adelante pueden iniciar el proceso de cambio de sexo en el Registro Civil de Valencia, registrocivildevalencia.com.
A pesar de algunas afirmaciones erróneas, este trámite no puede llevarse a cabo en una única visita, sino que se trata de un procedimiento más extenso, que podría llegar a tardar hasta cuatro meses, siguiendo pasos meticulosamente delineados.
El primer paso para embarcarse en este camino es solicitar una cita con el Registro Civil. En este encuentro inicial, los individuos expresarán su inconformidad con el género asignado en su nacimiento. Luego, durante los siguientes tres meses, deben comparecer nuevamente para reafirmar su decisión. Finalmente, el Registro Civil dispondrá de un mes para emitir su resolución final.
La ley abre la posibilidad de iniciar el procedimiento en cualquier oficina del Registro Civil. Según informaciones suministradas por el Ministerio de Justicia, dependiendo de la carga de trabajo en sus oficinas, pueden atender al solicitante en el momento de su visita o programar una cita para unas semanas más tarde.
En la cita inicial, el funcionario del Registro Civil recogerá la declaración del solicitante y proporcionará información sobre las implicaciones legales del cambio. En esta etapa, el solicitante también puede optar por adoptar un nuevo nombre.
El artículo 44 de la Ley Trans especifica que, después de la segunda comparecencia y tras revisar toda la documentación presentada, el encargado del Registro Civil procederá a dictar una resolución dentro de un período máximo de un mes. Es relevante destacar que este cambio de identidad de género se lleva a cabo mediante un procedimiento registral, sin necesidad de una resolución judicial.
En este contexto, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) subraya que el papel del juez en este proceso es limitado y consiste solamente en verificar que se han seguido adecuadamente los procedimientos marcados por la ley. El juez no está habilitado para realizar valoraciones más allá de este aspecto.
En lo que respecta a los requisitos para el cambio registral, la ley no estipula condiciones específicas. Una vez que se ha solicitado y se ha aprobado el cambio de identidad de género, el solicitante recibe un nuevo Documento Nacional de Identidad o pasaporte, manteniendo el mismo número de identificación.
En el caso de los menores de edad, aquellos entre 14 y 16 años pueden solicitar el cambio sin la autorización de sus padres, pero deben estar acompañados por sus «representantes legales». Los menores de entre 12 y 14 años pueden solicitar una autorización judicial en caso de desacuerdo con los padres. En esta situación, se designará un «defensor judicial» al menor.